8.1 Órgano de seguimiento

El órgano de seguimiento será la Secretaría General para el Turismo, centro directivo encargado de supervisar el correcto desarrollo del Plan, dotándose de los recursos y mecanismos oportunos para asegurar la disponibilidad de los datos que permitan medir el resultado de los programas implementados. Serán funciones de este órgano:

  • Recopilación, tratamiento y análisis de la información relativa al sistema de indicadores.
  • Realización de las memorias de seguimiento y evaluación intermedia y final del Plan.
  • Elaboración de las propuestas de modificación o ajuste en las actuaciones del Plan que se consideren necesarios.
  • Coordinación con el resto de participantes en el desarrollo de las actuaciones del Plan.